
Como ya vimos antes el derecho civil se encarga de regular las relaciones de las personas con los bienes, contratos, etc.
El Derecho Civil es
la rama del derecho privado que contempla temas relativos a las personas, los
bienes, las sucesiones, las obligaciones y los contratos.
Sin embargo la ley adecúa que el Estado para conocer o intervenir en alguno de estos temas de
Derecho Civil,según sea la situación se encuentran las autoridades
judiciales, las autoridades del Registro Civil, notarios públicos, corredores
públicos, actuarios o el Registro Público de la Propiedad están a disposición.
A continuación veremos un caso sobre Derecho Civil:
Mario, Luisa, Eugenio y Laura han adquirido como herederos de su padre un negocio de restauración. El negocio se mantiene indiviso, pues no han partido la herencia y han acordado seguir explotando el mismo sobre los cuatro hermanos como anteriormente lo habían hecho junto con su difunto padre.
En este caso no se ha constituido una persona jurídica, sino una comunidad, debido a que el "artículo 392 del código civil expone que hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o un derecho pertenece pro - indiviso a varias personas".
[1] https://www.despachoabogadosoviedo.com.es/media/slider1/large/abogado-laboral-en-oviedo.jpg
[2] https://www.google.com/search?q=%E2%80%9Chay+comunidad+cuando+la+propiedad+de+una+cosa+o+un+derecho+pertenece+%3Cpro+indiviso%3E+a+varias+personas.%E2%80%9D&oq=%E2%80%9Chay++comunidad++cuando++la+propiedad+de+una+cosa+o+un+derecho+pertenece+%3Cpro+indiviso%3E+a+varias+personas.%E2%80%9D&aqs=chrome..69i57&sourceid=chrome&ie=UTF-8
Acabo de leer esto y es muy interesante
ResponderBorrarPero si entiendes.
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